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Todas nuestras actividades de
formación han sido autorizadas por la Consejería de Educación de la
Junta de Andalucía para realizarse en las fechas indicadas.
Una vez finalizadas se
tramitarán para su homologación e inscripción en el Registro General
de Actividades de Formación Permanente del Profesorado, por la
Consejería de Educación y Cª de la Junta de Andalucía, según lo
establecido en la Orden de 16-12-08 (BOJA 08-01-09) válidas tanto
a efectos de sexenios como de currículum para oposiciones.
Nuestros cursos son válidos tanto en
Andalucía, como en el resto de Comunidades que acepten como mérito las
actividades de formación homologadas.
Las convocatorias son públicas y
abiertas existiendo un máximo de 60 alumnos por curso y edición. Las
solicitudes de matrícula se atenderán por orden de llegada.
Visita el apartado cursos e
infórmate de los cursos disponibles actualmente.
CURSOS NO INTENSIVOS. Esto significa
que puedes realizar varios cursos de forma simultánea y que todos sean
baremados en las oposiciones, para ello deberás cerciorarte que todos
los que hacen poseen el carácter de "no intensivo". Todas las
actividades de Procompal son "no intensivas"
PREGUNTAS FRECUENTES
¿Qué quiere decir que los cursos son homologables?
Según la mencionada orden, ninguna entidad puede ofertar
cursos como homologados previamente a su realización. Solamente,
difundir que han sido autorizados para su realización, o pre-homologados
de forma provisional. El curso debe
realizarse y una vez que este ha finalizado oficialmente, la entidad
organizadora debe solicitar su homologación a la Dirección General de
Innovación Educativa y Formación del profesorado (Consejería de
Educación - Junta de Andalucía).
La resolución solamente le compete a este
organismo.
¿En qué consiste el procedimiento completo de homologación?
Una vez que el curso finaliza oficialmente, la entidad organizadora
debe presentar, por escrito, a la Consejería de Educación de la Junta
de Andalucía la solicitud de inscripción del curso en el Registro de
Actividades de Formación Permanente del profesorado. Entre dicha
documentación hay que presentar un listado con las personas que han
realizado el curso, indicando si están o no aptos y si cuentan con
derecho o no a certificación. Una vez la Consejería de Educación
evalúa la documentación presentada, emite una resolución en la que
dicta homologar o no el curso. Si el curso es homologado, la
Consejería de Educación le concede un número de registro.
Posteriormente, una vez la entidad recibe dicha resolución positiva
debe expedir las certificaciones haciendo constar el número de
registro concedido al curso y la resolución emitida por la
administración educativa. Junto a dicha certificación se remitirá
copia de la resolución emitida por la Consejería de Educación.
¿Cuánto tiempo suele tardar la homologación de los cursos?
El tiempo que puede tardar la Consejería de Educación de la Junta de
Andalucía en emitir una resolución es variable, ya que depende de
múltiples factores. Habitualmente suele tardar dos meses y medio desde
la finalización oficial de los cursos, aunque este tiempo puede
oscilar, ampliándose en algunos casos y reduciéndose en otros.
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Cursos: |
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A través de nuestra aula virtual podrás realizar numerosos cursos
homologados por la Junta de Andalucía
Publicaciones: |
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Servicio destinado a aquellos titulados universitarios que estén
preparando oposiciones al cuerpo de maestros o profesores y quieran
aumentar su puntuación.
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