Todas nuestras actividades de formación han sido autorizadas por la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía para realizarse en las fechas indicadas.

 

Una vez finalizadas se tramitarán para su homologación e inscripción en el Registro General de Actividades de Formación Permanente del Profesorado, por la Consejería de Educación y Cª de la Junta de Andalucía, según lo establecido en la Orden de 16-12-08 (BOJA 08-01-09) válidas tanto a efectos de sexenios como de currículum para oposiciones.
 

Nuestros cursos son válidos tanto en Andalucía, como en el resto de Comunidades que acepten como mérito las actividades de formación homologadas.

 

Las convocatorias son públicas y abiertas existiendo un máximo de 60 alumnos por curso y edición. Las solicitudes de matrícula se atenderán por orden de llegada.

 

Visita el apartado cursos e infórmate de los cursos disponibles actualmente.

 

CURSOS NO INTENSIVOS. Esto significa que puedes realizar varios cursos de forma simultánea y que todos sean baremados en las oposiciones, para ello deberás cerciorarte que todos los que hacen poseen el carácter de "no intensivo". Todas las actividades de Procompal son "no intensivas"

 

PREGUNTAS FRECUENTES


¿Qué quiere decir que los cursos son homologables?

Según la mencionada orden, ninguna entidad puede ofertar cursos como homologados previamente a su realización. Solamente, difundir que han sido autorizados para su realización, o pre-homologados de forma provisional. El curso debe realizarse y una vez que este ha finalizado oficialmente, la entidad organizadora debe solicitar su homologación a la Dirección General de Innovación Educativa y Formación del profesorado (Consejería de Educación - Junta de Andalucía).

La resolución solamente le compete a este organismo.

¿En qué consiste el procedimiento completo de homologación?

Una vez que el curso finaliza oficialmente, la entidad organizadora debe presentar, por escrito, a la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía la solicitud de inscripción del curso en el Registro de Actividades de Formación Permanente del profesorado. Entre dicha documentación hay que presentar un listado con las personas que han realizado el curso, indicando si están o no aptos y si cuentan con derecho o no a certificación. Una vez la Consejería de Educación evalúa la documentación presentada, emite una resolución en la que dicta homologar o no el curso. Si el curso es homologado, la Consejería de Educación le concede un número de registro. Posteriormente, una vez la entidad recibe dicha resolución positiva debe expedir las certificaciones haciendo constar el número de registro concedido al curso y la resolución emitida por la administración educativa. Junto a dicha certificación se remitirá copia de la resolución emitida por la Consejería de Educación.

¿Cuánto tiempo suele tardar la homologación de los cursos?

El tiempo que puede tardar la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía en emitir una resolución es variable, ya que depende de múltiples factores. Habitualmente suele tardar dos meses y medio desde la finalización oficial de los cursos, aunque este tiempo puede oscilar, ampliándose en algunos casos y reduciéndose en otros.


 

 

 

Asociación PROCOMPAL

Profesores  Comprometidos con Almería

cursos@procompal.com

 
 

 

 

Cursos:

 

A través de nuestra aula virtual podrás realizar numerosos cursos homologados por la Junta de Andalucía

 

Publicaciones:

 

Servicio destinado a aquellos titulados universitarios que estén preparando oposiciones al cuerpo de maestros o profesores y quieran aumentar su puntuación.